La solicitud de extradición del Caso Riobóo en la Audiencia Nacional de España recopila una serie de insólitas acusaciones contra María Isabel Cal y Mayor por la muerte de su marido, Rodrigo Riobóo Talayero, de 39 años, el 4 de marzo de 2019 en la ciudad de Cádiz. Para solicitar su detención y juzgamiento en México, las autoridades tuvieron que presentar las pruebas recopiladas por la Fiscalía de la Ciudad de México, con base en la denuncia del empresario José María Riobóo. Los suegros de la mujer la acusaron de ser infiel, de inseminarse artificialmente sin el consentimiento de su marido, de amenazarla con no dejarla ver a los niños, e incluso de obligar a Riobóo Talayero a ir al carnaval de Cádiz días antes de su muerte. Tras analizar los hechos, España rechazó la extradición porque es difícil que las conductas señaladas “se incluyan en un delito doloso de homicidio”.
El pedido de extradición de Cal y Mayor a México, donde tiene orden de aprehensión, se basa en la idea de que la mujer “realizó diversas acciones que provocaron el deterioro de la salud de su esposo hasta su muerte”. El caso salió a la luz el lunes, luego de que el diario Reforma publicó información sobre la denuncia de Riobóo contra su nuera. Desde el entorno del empresario han señalado que “indujo a su marido a consumir alcohol y tabaco en exceso, a pesar de que sabía que tenía prohibido el uso de dichas sustancias” por tener un estado de salud precario. Riobóo Talayero padecía obesidad mórbida, hipertensión arterial y daño renal en el momento de su muerte, según consta en el expediente clínico revisado en la sentencia de la Audiencia Nacional, además de haber sido diagnosticado de esquizofrenia, para la que debía tomar medicación.
El documento de la justicia española contiene un repaso a la relación de pareja desde una perspectiva externa. El entorno de Riobóo asegura que su hijo, antes de conocer a Cal y Mayor, consumía los medicamentos que necesitaba para su trastorno psiquiátrico y “cuidaba con esmero” su salud. Como prueba de ello, señalan que el joven había estudiado una licenciatura y manejaba los ingresos de su inmobiliaria, por la que percibía unos $133.000 al año. La denuncia señala que la pareja comenzó a salir en 2009, cuando se conocieron, aunque “no duró mucho como consecuencia de las actitudes e infidelidades por parte de la acusada”.
A finales de ese año, describe la acusación, la muerte de la madre de Riobóo Talayero dejó al joven sumido en una depresión y “vulnerable tanto física como mentalmente”. “Sabiendo esto”, añade, Cal y Mayor “buscó un nuevo acercamiento” con el ahora occiso. Luego de un año y medio de relación, en 2011, la pareja contrajo matrimonio. De acuerdo con declaraciones de la Fiscalía capitalina, la intención de la mujer siempre fue “quitar los bienes” del hijo de Riobóo, quien perteneció a una de las familias de empresarios más importantes de México y cuyo padre es uno de los hombres cercanos al presidente Andrés. Manuel López Obrador. El dueño de Grupo Riobóo denunció ante las autoridades de la Ciudad de México que cuando habló por teléfono con su hijo, este “le exigió que le diera grandes cantidades de dinero para su esposa”.
Testimonios que declararon ante la Fiscalía de la Ciudad de México, cuyos nombres no han sido revelados en el documento, aseguran que Cal y Mayor tomó control de los medicamentos y alimentos de su esposo una vez que se casaron y afirman que la mujer “instruyó a las personas que estaban a su lado servicio” para darle a su esposo “alimentos ricos en grasas” que afectaban su salud. “La mala atención médica que tenía en casa”, se lee en sus declaraciones, “era evidente, pues dejaba de llevarlo a sus citas de psiquiatría, nutrición, y neumología”. Los suegros de la mujer también lo acusan de haber manipulado al occiso durante años para lograr que se alejara de su padre y de su hermano.
El círculo del empresario, quien está casado desde hace una década con la ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Yasmín Esquivel, ha declarado ante la Fiscalía que Riobóo Talayero pretendía divorciarse de su esposa poco después del matrimonio, pero que ” para contenerlo, se sometió a un procedimiento de inseminación artificial sin el consentimiento de su esposo”, dice el documento. Siempre según la acusación, el procedimiento funcionó, Cal y Mayor quedó embarazada y “empezaron a amenazarlo de que no le dejaría ver a los hijos que tendrían de ella si se divorciaba de ella”.
La sentencia de la Audiencia Nacional, que se refiere a la pareja con los seudónimos de Ángel y Ángela —con el fin de proteger los datos personales—, describe un episodio de mayo de 2018, cuando Riobóo Talayero tuvo que ser ingresado en el Centro Médico ABC de Santa Fe. , en la Ciudad de México, por “insuficiencia respiratoria y neumonía por aspiración”. En la ficha clínica de esa época se detalla que el hombre hospitalizado en ese momento fumaba 80 cigarrillos al día y pesaba 135 kilos. La denuncia señala que tras ser dada de alta, Cal y Mayor, “manipulando nuevamente a su marido, lo instó y presionó para que se trasladara a la Ciudad de Madrid” y que lo hizo volar en una aerolínea comercial a la que no pidió. que tienen un tanque de oxígeno, en caso de que el hombre lo necesitara durante el vuelo.
La acusación también afirma que, “una vez en España, a pesar del grave estado de salud de Ángel [pseudónimo que usan para Rodrigo]ángela [pseudónimo de Isabel] lo obligó a asistir al carnaval de la ciudad de Cádiz, lo que evidentemente tendría graves consecuencias para su salud”. Finalmente, añade, la actuación de Cal y Mayor “hizo efecto” y el hombre fue ingresado el 3 de marzo de 2019 en un hospital de Cádiz, donde falleció al día siguiente por insuficiencia respiratoria. Entre los papeles incorporados a la carpeta de instrucción, dice la Audiencia Nacional, hay dos dictámenes forenses que aseguran que hubo un retraso en la realización de esa hospitalización en España, “ya que padecía una enfermedad respiratoria 6 días antes de su ingreso”.
En respuesta, la defensa de Cal y Mayor señala que “los hechos descritos en la solicitud de extradición no constituirían un delito de homicidio premeditado” según la legislación española, ya que “no se hace mención específica de qué hechos llevó a cabo el imputado para acabar con la vida de su marido”. También señala que la mujer no tenía la calidad legal de garante de la salud de Riobóo Talayero porque no había sido declarado inválido.
El relato presentado por la acusación, según sentencia de la Audiencia Nacional, “no revela objetivamente” que la actuación de Cal y Mayor haya empujado a su marido a la muerte. La sentencia de la justicia española, dictada el 2 de marzo del año pasado, explica que los hechos evaluados se produjeron a lo largo de ocho años “en los que el fallecido debía ser consciente de que el deterioro de su salud era progresivo y podía llegar a niveles preocupantes” y que “ pudo haber ido libre y voluntariamente a un médico, a un hospital o pedir cualquier otro tipo de ayuda”.
Para la Audiencia Nacional, refrendar que Cal y Mayor es culpable de la muerte de su marido sería admitir que se anuló el testamento de Riobóo Talayero, algo que “no ha sido probado”. La sentencia señala que ninguna de las pruebas “supone en ningún momento que [el fallecido] tomar sus decisiones bajo una especie de ‘dirección’ absoluta y férrea del acusado, que doblegará en todo momento la voluntad de su marido”. La Audiencia Nacional concluye que no existe ningún procedimiento judicial en España contra la mujer y alerta a las autoridades mexicanas de que, al tratarse de denuncias de un presunto homicidio en territorio español, quien puede juzgar es la autoridad del lugar donde se produjo.
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